El funcionario se refirió a lo establecido por la Superintendencia de Bancos que en su circular 001-15, dispone, entre otros aspectos, que para las operaciones de productos y servicios de clientes existentes, en las entidades de intermediación financiera, contratados con la cédula de identidad que venció el 10 de enero de este año, se deberá requerir un documento adicional vigente para fines de validación de la identidad.
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